Blog para el estudio de la Hª Contemporánea de los alumnos de 1º de Bachillerato del IES Los Sauces, Benavente, Zamora
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viernes, 11 de enero de 2019
miércoles, 1 de junio de 2016
domingo, 29 de noviembre de 2015
Repaso temas 3 y 4
lunes, 23 de noviembre de 2015
Unificaciones de Italia y Alemania
A partir de los vídeos que tienes aquí y de lo que hay en tu libro explica las unificaciones de Italia y Alemania en 5 fases, así como los protagonistas de cada una de ellas.
miércoles, 18 de noviembre de 2015
martes, 17 de noviembre de 2015
lunes, 16 de noviembre de 2015
jueves, 12 de noviembre de 2015
Comentario de un mapa histórico
El mapa, como documento histórico, es fundamental para el estudio de múltiples temas, ya que permite acercarnos a la realidad histórica y visualizar el espacio en el que se desarrollan los acontecimientos o su evolución en el tiempo.( Tomado de ...)
- Título. Si no lo tiene debemos ponerle uno.
- Fecha de los acontecimientos.
- Tipo del mapa: de situación (muestra un acontecimiento en una época determinada, por ejemplo, Europa en 1815); de evolución (refleja una situación en etapas diferentes, como el proceso de la unificación italiana: 1859-1870).
-Escala: permite calcular la distancia real en la relación con la representada en el mapa.
2. Análisis y explicación:− Explicar el contenido del mapa describiendo sus diferentes elementos ayudándonos de los colores, signos y símbolos de la leyenda.
− Explicar los acontecimientos históricos que se reflejan en el mapa.
− Explicar los acontecimientos históricos que se reflejan en el mapa.
3. Relación con el tema:
− Redactar el comentario haciendo una pequeña introducción (presentación del documento), desarrolla el contenido explicando el contenido del mapa y relacionándola con los apartados del libro.
− Redactar el comentario haciendo una pequeña introducción (presentación del documento), desarrolla el contenido explicando el contenido del mapa y relacionándola con los apartados del libro.
miércoles, 11 de noviembre de 2015
Benavente y la llegada de Napoleón



Llegado Napoleón a España el 12 de noviembre de 1808, sobre el 3 de diciembre entró en Madrid con unos 60.000 hombres.
En 24 de diciembre Moore del ejército inglés entró en Benavente con una tropa relajada e indisciplinada, que arruinó el puente de Castrogonzalo y avanzando hacia Astorga dejó en Benavente un destacamento para controlar los pasos del Esla, dándose diferentes escaramuzas en la zona entre ingleses y franceses que retardaron el avance del ejército francés, hechos conocidos por los historiadores como "la Carrera de Benavente".
El 30 de diciembre Napoleón entró en la villa alojándose en una casa de la plaza de Los Bueyes, produciéndose una huida masiva de la población de la villa, dándose en el lugar una serie de saqueos. El 1 de enero de 1809 abandonó Napoleón la villa dirigiéndose hacia Astorga.
Consecuencias irreparables de la ocupación de la villa tendrán lugar al incendiarse el Convento de S. Francisco así como la fortaleza y palacio de los Condes, pero para saber más debes seguir consultando:
martes, 10 de noviembre de 2015
lunes, 9 de noviembre de 2015
La guillotina
Quizá tengas curiosidad por este aparato que se empleó con tanto éxito durante la revolución francesa. Si es así además de ver el vídeo puedes acceder a estos enlaces donde encontrarás información sobre ella.
La Guillotina
History of the guillotine
Otro link
La Guillotina
History of the guillotine
Otro link
domingo, 8 de noviembre de 2015
miércoles, 14 de noviembre de 2012
Hablando de Bismarck
Bismarck, artífice de la unificación alemana, fue un hombre:
- De carácter fuertemente conservador
- Monárquico
- Antiparlamentario, claramente contrario a la superioridad del Parlamento sobre la Corona
- Antisocialista.
- Nacionalista prusiano
- Militarista
- Partidario del uso de la fuerza para solucionar conflictos
- Muy calculador, siempre buscando anticiparse al devenir de los acontecimientos
- De gran pragmatismo y utilitarismo en la política exterior
Esta pequeña colección de textos de Bismarck pueden ayudarnos a entender algunos rasgos de su ideología.
“La
política en sí no es una ciencia exacta ni lógica, sino la capacidad de
elegir en cada momento fugaz de la situación aquello que es menos dañino
o más oportuno”.
"Por
lo que respecta a la política interior de mi país, soy, por convicción y
por pragmatismo, amén de por costumbre, tan conservador como me permite
mi monarca y dueño y señor, y sería capaz de ir hasta la Vendée incluso
por un rey con cuya política estuviese en desacuerdo; pero sólo por mi
rey. Sin embargo, en lo concerniente a las relaciones con los demás
países, yo no reconozco compromiso alguno basado en los principios; yo
contemplo su política únicamente a la luz de la utilidad que tiene para
mi país"
"En
cuanto se adoptan los ministerios de partidos, se agudizan los
antagonismos. Sólo el rey y lo que emana de su personalidad y de su
concepción política permanecen neutrales. Y, según mi sentir, esta
postura (sujeción de los distintos partidos y supremacía de la Corona)
debe prevalecer en el gobierno de Prusia".
Pero
las pasiones populares, la ambición de los jefes de partido y la opinión
pública mal dirigida, son los elementos que pueden hacer variar la
voluntad de los gobernantes. Si en esta tensión política hay un Estado
capaz de trabajar por mantener la paz, este es Alemania … pues desde la
constitución del Imperio no quiere atacar a ninguno de sus vecinos, al
menos que se vea obligado a ello …
Pero señores, para cumplir esta difícil misión es necesario que Alemania sea poderosa y esté armada como en tiempo de guerra.
“Las
fronteras que el Congreso de Viena dio a Prusia no son buenas. Este no
es un tema ni para hacer discursos ni para buscar el voto de la mayoría;
las grandes cuestiones de nuestro tiempo (este fue el error de 1848 y
1849) se resolverán por el hierro y por la sangre” (1862).
“Pronto
me veré obligado a tomar la dirección del gobierno de Prusia. Mi primera
preocupación será organizar el ejército. Tan pronto como ele ejército sea
situado en condiciones de inpirar respeto, aprovecharé sin vacilar el primer y
mejor pretexto para declarar la guerra a Austria, disolver la Dieta alemana,
sojuzgar a los estados menores y dar la unidad nacional a Alemania bajo el liderazgo de Prusia”.
"Pero
las pasiones populares, la ambición de los jefes de partido y la
opinión pública mal dirigida, son los elementos que pueden hacer variar
la voluntad de los gobernantes. Si en esta tensión política hay un
Estado capaz de trabajar por mantener la paz, este es Alemania … pues
desde la constitución del Imperio no quiere atacar a ninguno de sus
vecinos, al menos que se vea obligado a ello … Pero señores, para
cumplir esta difícil misión es necesario que Alemania sea poderosa y
esté armada como en tiempo de guerra".
“Debemos
atenuar el descontento provocado por el hecho de que nos hemos
convertido en una gran potencia, haciendo sentir al mundo el peso de
estas fuerzas, lealmente y con un espíritu pacífico bien entendido.
Debemos convencerle de esta forma de que una hegemonía alemana en Europa
es más útil, más desinteresada y menos perjudicial para la libertad
ajena que una hegemonía francesa, rusa o inglesa. El respeto a los
derechos inherentes a otros países, que Francia en especial no admitió
durante el tiempo de su preponderancia y que Inglaterra sólo reconoce
según sus intereses, será más fácilmente observado por Alemania por dos
razones: por un lado, a causa del carácter alemán, esencialmente
objetivo; por otro lado, y ello sin mérito alguno de nuestra parte,
porque no tenemos ninguna necesidad perentoria de ampliar nuestro
territorio. (...) La política alemana (...) sólo tiene un deseo:
mostrarse justa y pacífica.” Tomado de ...
lunes, 12 de noviembre de 2012
domingo, 11 de noviembre de 2012
jueves, 8 de noviembre de 2012
lunes, 5 de noviembre de 2012
Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano
Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.
Por estas razones, la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes Derechos del Hombre y del Ciudadano:
I - Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.
II - La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.
III - La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.
IV - La libertad política consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.
V - La ley sólo debe prohibir las acciones perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.
VI - La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.
VII - Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni mantenido en confinamiento excepto en los casos determinados por la ley y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Todo aquél que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.
VIII - La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.
IX - Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que su detención se haga indispensable, se ha de evitar por la ley cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona.
X - Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.
XI - Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.
XII - Siendo necesaria una fuerza pública para dar protección a los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas por quienes está constituida.
XIII - Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los demás gastos del gobierno, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los miembros de la comunidad, de acuerdo con sus facultades.
XIV - Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a emitir voto libremente para determinar la necesidad de las contribuciones públicas, su adjudicación y su cuantía, modo de amillaramiento y duración.
XV - Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su conducta.
XVI - Toda comunidad en la que no esté estipulada la separación de poderes y la seguridad de derechos necesita una Constitución.
XVII - Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie deberá ser privado de él, excepto en los casos de necesidad pública evidente, legalmente comprobada, y en condiciones de una indemnización previa y justa.
Por estas razones, la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes Derechos del Hombre y del Ciudadano:
I - Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.
II - La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.
III - La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.
IV - La libertad política consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.
V - La ley sólo debe prohibir las acciones perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.
VI - La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.
VII - Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni mantenido en confinamiento excepto en los casos determinados por la ley y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Todo aquél que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.
VIII - La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.
IX - Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que su detención se haga indispensable, se ha de evitar por la ley cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona.
X - Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.
XI - Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.
XII - Siendo necesaria una fuerza pública para dar protección a los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas por quienes está constituida.
XIII - Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los demás gastos del gobierno, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los miembros de la comunidad, de acuerdo con sus facultades.
XIV - Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a emitir voto libremente para determinar la necesidad de las contribuciones públicas, su adjudicación y su cuantía, modo de amillaramiento y duración.
XV - Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su conducta.
XVI - Toda comunidad en la que no esté estipulada la separación de poderes y la seguridad de derechos necesita una Constitución.
XVII - Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie deberá ser privado de él, excepto en los casos de necesidad pública evidente, legalmente comprobada, y en condiciones de una indemnización previa y justa.
Tomado de Wikisource
Información de Wikipedia
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jueves, 25 de octubre de 2012
Tabla de Cambios de la Revolución Francesa
Vamos a elaborar una tabla con la situaciones en diferentes ámbitos, antes de la revolución francesa y los cambios que trae la Revolución Francesa
Antes de la Revolución Francesa
|
Revolución Francesa
| |
Organización del Poder
| ||
Organización Judicial
| ||
Sistema fiscal
| ||
Sistema Económico
| ||
Sociedad
|
La independencia de los Estados Unidos, según el Conde de Aranda.

“Me ceñiré al punto del día, que es el recelo de que la nueva potencia formada en un país donde no hay otra que pueda contener sus proyectos, nos ha de incomodar cuando se halle en disposición de hacerlos. Esta república federativa ha nacido, digámoslo así, pigmea, porque la han formado y dado el ser dos potencias poderosas como son España y Francia, auxiliándola con sus fuerzas para hacerla independiente. Mañana será gigante, conforme vaya consolidando su constitución y después un coloso irresistible en aquellas regiones. En este estado se olvidará de los beneficios que ha recibido de ambas potencias y no pensarán más que en su engrandecimiento.
La libertad de religión, la facilidad de establecer las gentes en términos inmensos y las ventajas que ofrece aquel nuevo gobierno, llamarán a labradores y artesanos de todas las naciones, porque el hombre va donde piensa mejorar su fortuna, y dentro de pocos años veremos con el mayor sentimiento levantado el coloso que he indicado”.
Dictamen del Conde de Aranda al rey Carlos III, 1783.
Texto y actividades tomadas de Kairos
Preguntas sobre el texto y la imagen - ¿Qué impresión le produce al Conde de Aranda del acontecimiento representado en la imagen? ¿Qué teme de este hecho?
- ¿En qué se basa el Conde de Aranda para vaticinar el engrandecimiento de los recién creados Estados Unidos?.
- Qué sabes sobre cómo Estados Unidos adquirió su independencia, sino investiga sobre ello y cuentánoslo,
miércoles, 24 de octubre de 2012
Vocabulario Básico de la Revolución Francesa

Busca el significado de los siguientes conceptos:
Luis XVI, Jacobinos, Girondinos, Estado, Danton, Nación, Masón, Senado, Burguesía, Constitución, Revolución, Robespierre, Carta otorgada, Aristocracia, Carbonario, Cámara de representantes o diputados, Sufragio universal, Sufragio censitario, Soberanía popular, Soberanía nacional, Soberanía absolutista, Sans culotte .
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